Respuesta de la Sentencia 1233/2024 del Tribunal Supremo
Introducción
El auge del alquiler turístico en España ha transformado el panorama inmobiliario en muchas ciudades y zonas costeras. Sin embargo, también ha generado numerosos conflictos entre propietarios que desean explotar sus inmuebles con fines lucrativos y aquellos que buscan mantener un entorno residencial tranquilo. La Sentencia 1233/2024 del Tribunal Supremo (TS) aborda uno de los puntos más controvertidos en este ámbito: ¿pueden las comunidades de propietarios prohibir la actividad de alquiler turístico?
Esta resolución establece un importante precedente, ratificando la facultad de las comunidades de propietarios para limitar, e incluso prohibir, el uso turístico de los inmuebles cuando se adopten acuerdos conforme al artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), modificado por el Real Decreto-Ley 7/2019.
Contexto: la transformación del artículo 17.12 de la LPH
La reforma del Real Decreto-Ley 7/2019 introdujo cambios significativos en el régimen de propiedad horizontal, permitiendo que las comunidades de propietarios limiten o condicionen el alquiler turístico mediante una mayoría cualificada del 60% o, tres quintos. Esta normativa fue una respuesta a los problemas derivados del crecimiento del alquiler vacacional, que ha provocado aumentos en los precios de alquiler y, en muchos casos, conflictos vecinales por el uso intensivo de los espacios comunes.
Antecedentes del caso: un conflicto en Marbella
El litigio que origina la Sentencia 1233/2024 surgió en una comunidad de propietarios en Marbella, donde en una junta celebrada en julio de 2019 se aprobó un acuerdo para prohibir el alquiler vacacional. La decisión se adoptó tras numerosas quejas sobre molestias y daños en los elementos comunes causados por inquilinos turísticos.
El fallo del Tribunal Supremo: una interpretación clave
El recurso de casación llegó al Tribunal Supremo que, debía resolver si una comunidad de propietarios puede prohibir la actividad turística o si esta interpretación excedía los términos de la ley. El TS desestimó el recurso, reafirmando la legitimidad de las comunidades para prohibir el alquiler turístico mediante acuerdos adoptados con la mayoría cualificada.
Comparación con jurisprudencia anterior
Esta sentencia se aparta de ciertos precedentes en los que tribunales inferiores habían entendido que la prohibición completa no estaba contemplada en el artículo 17.12, limitándose a permitir restricciones o condiciones más leves.
Implicaciones prácticas: qué significa esto para las comunidades de propietarios
- Ampliación del poder de decisión comunitario: La sentencia del TS permite a las comunidades de propietarios ejercer un mayor control sobre el uso de los inmuebles en sus edificios.
2. Impacto en los propietarios: Los propietarios que deseen alquilar sus viviendas con fines turísticos deben tener en cuenta las posibles prohibiciones impuestas por la comunidad.
3. Resolución de conflictos vecinales: Este fallo del TS es una respuesta directa a los conflictos que han surgido en muchas comunidades por el aumento del alquiler turístico.
Conclusiones: seguridad jurídica para propietarios y comunidades
La Sentencia 1233/2024 refuerza el poder de las comunidades de propietarios para preservar un entorno residencial libre de las perturbaciones que puede generar el alquiler turístico. A su vez, ofrece seguridad jurídica tanto a las comunidades que desean establecer estas prohibiciones como a los propietarios que buscan invertir en alquileres turísticos.
